000 03726nam a22003137a 4500
001 PE-BaUNAB
003 PE-BaUNAB
005 20251203180425.0
008 251203b pe ||||| |||| 00| 0 spa d
040 _aPE-BaUNAB
041 _aspa
043 _cper
090 _aTe Der 0051
100 _aAguilar Dionicio Sandra Elizabeth
_eautora
_912747
245 _aDeterminación de suspensión del régimen de visitas en casos de violencia familiar protegiendo el interés superior del niño, Barranca, 2023./
_cAguilar Dionicio Sandra Elizabeth, Cahuana Cabanillas Thalía Mishell; asesor, Huaccho Trujillo Pedro Antonio
260 _aLima:
_bUniversidad Nacional de Barranca,
_c2025.
300 _a85 h.:
_bil.;
_c31 cm.
500 _aAnexos: h. 68-85.
502 _aTesis (Abo.) -- Universidad Nacional de Barranca. Facultad de Ciencias Jurídicas, Contables y Financieras. Escuela de Derecho y Ciencia Política, 2025.
504 _aBibliografía: h. 62-67.
505 _aInformación general -- Resumen -- Planteamiento del problema -- Justificación -- Antecedentes y/o estado del arte -- Hipótesis y variables de estudio -- Objetivos -- Metodología -- Consideraciones éticas -- Resultados y discusión -- Conclusiones y recomendaciones -- Referencias bibliográficas -- Anexos.
520 _aLa presente investigación lleva por Título: “Suspensión del régimen de visita en caso de violencia familiar prevaleciendo el fortalecimiento del interés superior del niño, Barranca, 2023”, el problema general es: ¿Cómo la suspensión del régimen de visitas, en casos de violencia familiar, permitirá la adecuada protección del principio del interés superior del niño Barranca, 2023?; siendo el objetivo general el determinar si suspender el régimen de visitas en casos de violencia de uno de los progenitores, salvaguarda y protege el desarrollo del menor en aplicación de su interés superior por su razón de ser. La hipótesis es que, si se suspende el régimen de visitas en los casos de violencia familiar, generada por el beneficiario del régimen; entonces, se protegería de manera adecuada el principio del interés superior del niño. El enfoque de la investigación es de tipo aplicada, con un diseño explicativo no experimental de naturaleza trasversal. Para lo cual, tomaremos como población a los operadores del derecho del Distrito Judicial de Huaura, y como instrumento de recolección de datos, haremos uso de cuestionarios. Entre las conclusiones, se destaca que, si resulta negativa la violencia familiar para el ámbito psicosocial y personal del menor, es determinante la suspensión del régimen de visitas en caso de existir violencia familiar, toda vez que se debe proteger el desarrollo pleno del niño, niña o adolescente. Entre las recomendaciones se sugiere a los padres de los menores inmersos en un régimen de visitas que sean quienes, de manera obligatoria, prioricen el bienestar y la estabilidad psicológica del niño, niña o adolescente, a través de su inclusión en acuerdos o coordinaciones referentes al régimen de visitas, en tanto estos ya se encuentren en edad de comprender la situación que atraviesan, caso contrario, tener en cuenta la edad del menor y primar sus necesidades al establecer, pretender o exigir un régimen de visitas.
650 _aRégimen de visitas
_912748
700 _aCahuana Cabanillas Thalía Mishell
_eautora
_912749
700 _aHuaccho Trujillo Pedro Antonio
_easesor
_912746
710 _aUniversidad Nacional de Barranca
_bFacultad de Ciencias Jurídicas, Contables y Financieras
_bEscuela de Derecho y Ciencia Política
_99226
856 _uhttps://hdl.handle.net/20.500.12935/480
942 _2z
_cTES
_e2025-12-03
_zFSC
999 _c5665
_d5665