000 03398nam a22003257a 4500
001 PE-BaUNAB
003 PE-BaUNAB
005 20251201211116.0
008 251201b pe ||||| |||| 00| 0 spa d
040 _aPE-BaUNAB
041 _aspa
043 _cper
090 _aTe Der 0025
100 _aGonzalez Falero, Susana Madeleyne
_eautor
_912655
245 _aIdentificación relacional del reconocimiento de tenencia en familias ensambladas frente al prevalecimiento del interés superior del niño (Barranca, 2022)./
_cSusana Madeleyne Gonzalez Falero, Katerin Consuelo Prudencio Huaman; asesor, Manrique Ramirez Cruz Edwin
260 _aLima:
_bUniversidad Nacional de Barranca,
_c2023.
300 _a101 h.:
_bil.;
_c31 cm.
500 _aAnexos: h. 91-101.
502 _aTesis (Abo.) -- Universidad Nacional de Barranca. Facultad de Ciencias Jurídicas, Contables y Financieras. Escuela de Derecho y Ciencia Política, 2023
504 _aBibliografía: h. 86-90.
505 _aInformación general -- Resumen -- Planteamiento del problema -- Justificación -- Antecedentes y/o estado del arte -- Hipótesis y variables de estudio -- Objetivos -- Metodología -- Consideraciones éticas -- Resultados y discusión -- Conclusiones y recomendaciones -- Referencias bibliográficas -- Anexos.
520 _aIntroducción: El objetivo general del presente estudio se basó en identificar la relación existente entre el reconocimiento de tenencia del hijo afín frente al prevalecimiento del interés superior del niño (Barranca, 2022). A partir de ello, se formuló la siguiente hipótesis general: Entre el reconocimiento de tenencia del hijo afín frente al prevalecimiento del interés superior del niño (Barranca, 2022) existe una relación directa significativa. Metodología: La presente investigación por su forma fue aplicada, de tipo correlacional, enfoque cuantitativo, diseño no experimental de corte transversal. Respecto a la muestra, para el desarrollo de la presente, se consideró como unidad de análisis a 92 abogados colegiados y habilitados del Ilustre Colegio de Abogados de Huaura. Resultados: Se observa que el 92,4% de los 92 abogados colegiados y habilitados del Ilustre Colegio de Abogados de Huaura, se encuentra totalmente de acuerdo con la siguiente premisa: Entre el reconocimiento de tenencia del hijo afín frente al prevalecimiento del interés superior del niño existe una relación directa significativa (Barranca, 2022). Conclusión: Entre el reconocimiento de tenencia del hijo afín frente al prevalecimiento del interés superior del niño (Barranca, 2022) existe una relación directa significativa. De tal manera que, con el reconocimiento de tenencia del hijo afín se promoverá y dará cumplimiento al deber de preservar en todo momento el interés superior del niño; por el contrario, de negarse la regulación de esta figura, se estaría vulnerando el interés superior del niño.
650 0 _aTenencia
_zPerú
_912656
650 0 _aInterés superior del niño
_912657
700 _aKaterin Consuelo Prudencio Huaman
_eautora
_912658
700 _aCruz Edwin Manrique Ramirez
_easesor
_912659
710 _aUniversidad Nacional de Barranca
_bFacultad de Ciencias Jurídicas, Contables y Financieras
_bEscuela de Derecho y Ciencia Política
_99226
856 _uhttps://hdl.handle.net/20.500.12935/278
942 _2z
_cTES
_e2025-12-01
_zFSC
999 _c5636
_d5636